La suspensión de la acreditación de supervivencia o ¨fe de vida¨, vigente desde el inicio de la pandemia, finaliza el 28 de febrero.
¿Cómo será la implementación del trámite de fe de vida obligatorio?
Será obligatoria a partir del 1 de marzo, por lo que los bancos ya comenzaron a informar a sus clientes respecto de la necesidad de tramitarlo a través de diferentes modalidades.
La fe de vida se trata de un trámite que debe ser renovado mensualmente de manera presencial o a distancia.
¿Cómo se hace el trámite?
- Cobrar la jubilación o pensión por ventanilla en el banco;
- Efectuar una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria;
- Poner la huella digital en los diferentes tótems de los bancos;
- Acercándote a una Terminal de Autoconsulta biométrica ubicada en las Oficinas de Anses.
¿Qué pasa si el beneficiario no realiza el trámite de fe de vida?
Tendrán la suspensión del cobro de haberes.
Para reactivarlo se necesita que el titular o apoderado gestionen la fe de vida. Esto puede generar una demora en el cobro.
Una vez reactivado la demora en la acreditación de haberes puede demorar hasta 60 días.
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